La reciente sentencia 756/2026 del Tribunal Supremo, emitida el 19 de mayo, ha generado importantes implicaciones para los autónomos y las pequeñas y medianas empresas (pymes) en España. Este fallo establece que en ciertas transacciones entre empresas de sectores distintos, el plazo para reclamar el pago de facturas puede ser de solo tres años, en lugar de los cinco años establecidos de manera general. Este cambio en la interpretación puede llevar a que muchas pymes pierdan el derecho a cobrar facturas antes de lo que anticipaban.
El caso que originó esta sentencia involucró a una pyme que, en 2019, reclamó aproximadamente 30.000 euros por facturas relacionadas con la venta e instalación de aparatos de aire acondicionado. El Tribunal determinó que el plazo de reclamación estaba prescrito, subrayando la importancia de la naturaleza de la deuda en la determinación del tiempo disponible para reclamar. Esto representa una advertencia significativa para los negocios que confían en que siempre tendrán un margen amplio para ejercer sus derechos de cobro.
La directora del Área Procesal de AyG Asesores, Sandra Puig García, comentó que la esencia de la deuda es fundamental. Según ella, es crucial diferenciar entre deudas que son únicas y aquellas que son periódicas, ya que las deudas únicas encajan mejor en el plazo general de cinco años de reclamación. Además, enfatizó que no solo se debe considerar quién debe el dinero, sino también la naturaleza específica de la deuda.
La sentencia no implica que cualquier factura pendientes entre empresas prescriba automáticamente a los tres años. La clave radica en analizar el tipo de operación realizada y si se ajusta a los criterios establecidos para ventas de bienes entre negocios en sectores diferentes. Puig destacó que el caso revisado por el Supremo no se limitó a la entrega de un producto, sino que también incluyó la instalación y la puesta en marcha de los equipos, lo cual se considera parte integral de la transacción.
Es importante señalar que las comunicaciones, ya sean correos electrónicos o mensajes de WhatsApp, pueden ayudar en la reclamación de deudas, pero deben ser documentadas adecuadamente. Antes de iniciar cualquier procedimiento judicial, es recomendable reconstruir la cronología relacionada con la factura. Existen factores que pueden modificar el plazo para la reclamación, como los pagos parciales o los calendarios de cobro acordados entre las partes.
Contexto: El marco legal sobre la prescripción de deudas en España ha sido objeto de debate, especialmente en el ámbito de las pymes que enfrentan dificultades para cobrar sus facturas. En los últimos años, el crecimiento de las transacciones entre empresas de diferentes sectores ha llevado a una mayor necesidad de clarificación en los plazos de reclamación. La correcta interpretación de la normativa puede afectar significativamente la liquidez de estos negocios, que son esenciales para la economía española, representando más del 99% del tejido empresarial del país.