El 30 de abril marcó el final del plazo para que las pymes legalizaran sus libros contables en el Registro Mercantil. Este trámite es esencial para el cumplimiento de las obligaciones contables, y su incumplimiento puede acarrear sanciones como multas y restricciones en los registros.
A partir de ahora, las sociedades deben centrarse en la aprobación de sus cuentas anuales, que debe realizarse antes del 30 de junio. Esta fase incluye la elaboración de la documentación contable necesaria, como el balance de situación y la cuenta de pérdidas y ganancias.
La Agencia Tributaria ha intensificado su vigilancia sobre las empresas que no cumplen con sus obligaciones contables, habiendo revocado el NIF a más de 44.000 empresas el año pasado debido a irregularidades. Esta situación resalta la importancia de seguir el calendario mercantil para evitar problemas con Hacienda.