Las empresas deberán asumir costes adicionales por daños morales en despidos nulos

La reciente sentencia del Tribunal Supremo eleva el riesgo de indemnizaciones por despidos nulos en pymes, afectando especialmente a autónomos y situaciones protegidas. ¿Cómo se adaptarán las empresas?

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La reciente sentencia del Tribunal Supremo del 17 de diciembre de 2025 incrementa el riesgo económico para pymes y autónomos al abordar el tema de los despidos nulos. Ahora, los jueces tienen la facultad de establecer una indemnización por daño moral, incluso si el trabajador no especifica su cuantía, en casos donde dicho daño es complicado de medir.

Este cambio implica que un despido declarado nulo puede acarrear costos adicionales y más imprevisibilidad para los pequeños negocios. Además de la readmisión del empleado y el pago de salarios de tramitación, el juez deberá determinar una compensación adicional por daño moral, lo que puede complicar aún más el proceso. La sentencia tiene un impacto profundo, especialmente en despidos que ocurren durante el periodo de prueba o en situaciones protegidas por la ley, como bajas médicas o actividades sindicales.

Ignacio Hidalgo Espinosa, del Departamento Laboral de RSM, destacó que esta decisión representa un riesgo añadido para el autónomo con empleados, ya que la obligación de indemnización se extiende incluso sin justificación previa por parte del trabajador. El fallo también refuerza la protección del trabajador en situaciones particularmente delicadas, dejando claro que el periodo de prueba no está exento de control judicial.

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Redacción
Redacción Equipo Voz Económica

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