El mercado inmobiliario en España enfrenta una creciente inaccesibilidad, lo que ha llevado a muchos hijos adultos a vivir con sus padres o utilizar viviendas familiares sin coste. Esta situación ha generado preocupación tras la posibilidad de que la Agencia Tributaria reclame impuestos en estos casos. Sin embargo, no todas las situaciones tienen consecuencias fiscales.
Legislativamente, la convivencia de hijos con sus padres en la vivienda familiar habitual no genera problemas fiscales, ya que el Código Civil establece que los progenitores tienen el deber de proporcionar sustento a sus hijos, incluso si son mayores de edad. Por tanto, no se considera una transmisión patrimonial y la Agencia Tributaria no exige impuestos en estas circunstancias.
No obstante, si los padres permiten que un hijo viva en una vivienda de su propiedad sin pagar alquiler, como un piso vacío, la normativa del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) puede tener implicaciones. Aunque no se perciban ingresos reales, los propietarios deben declarar una imputación de rentas inmobiliarias. Esta se calcula a partir del valor catastral del inmueble, lo que impide además deducir gastos relacionados.
La tributación del hijo que reside gratuitamente en una vivienda ajena es un tema más complejo. El uso prolongado de dicha vivienda puede implicar consideraciones fiscales que deben ser evaluadas con atención.