Más del 93% del tonelaje mercante mundial está ahora cubierto por dos tratados internacionales de la Organización Marítima Internacional (OMI), que han logrado más de 100 ratificaciones en diciembre de 2025. Estos tratados, la Ballast Water Management Convention y la Anti-Fouling Systems Convention, establecen directrices estrictas para la gestión del agua de lastre y prohibiciones sobre recubrimientos dañinos para el medio ambiente marino.
Las normas requieren que los buques implementen planes específicos para la gestión de sus aguas y sedimentos, incluyendo prácticas operativas y certificaciones. La prohibición de pinturas antiincrustantes con sustancias nocivas es parte de estas regulaciones, que buscan proteger los ecosistemas marinos de daños por organismos adheridos a los cascos de los barcos.
Además, el avance en el Acuerdo Unión Europea-Mercosur y la nueva ruta marítima ártica China-Europa evidencian la evolución del comercio y las cadenas de suministro globales, en un contexto de creciente tensión geopolítica. La adopción casi universal de estos tratados implica que el cumplimiento ambiental se convierte en una obligación legal, lo que redefine las dinámicas operativas del comercio marítimo en el futuro.