El 31 de diciembre marca el fin del ejercicio fiscal y contable para muchas pequeñas y medianas empresas (pymes) en España. Este plazo es crucial para registrar todas las operaciones realizadas durante el año y elaborar las cuentas anuales, que incluirán el Balance y la Cuenta de Pérdidas y Ganancias.
Las cuentas anuales deben ser depositadas en el Registro Mercantil antes del 30 de julio del año siguiente, un mes después de la aprobación en la Junta General, que tiene como fecha límite el 30 de junio. Este proceso no solo es esencial para evitar sanciones, sino que también garantiza la transparencia empresarial y mejora la competitividad del negocio.
Además, la presentación de cuentas depositadas es clave para facilitar la obtención de créditos bancarios, ya que los bancos revisan el Registro antes de conceder financiación. También ayuda a proyectar solvencia ante grandes clientes y administraciones públicas.
El sistema español de registro, a diferencia de modelos como el anglosajón o el neerlandés, incluye un control legal preventivo realizado por un Registrador Mercantil, quien verifica la correcta firma de los administradores y la congruencia de los datos. Este control proporciona una presunción de veracidad que no se encuentra en otros sistemas, contribuyendo a la protección de los socios y limitando su responsabilidad personal en caso de deudas.