La reciente resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) establece que los autónomos y pymes deben demostrar que las facturas rectificativas han llegado a sus clientes para poder recuperar el IVA. Este cambio refuerza un criterio ya fijado por el Tribunal Supremo y podría aumentar las exigencias de la Agencia Tributaria en cuanto a la evidencia del envío de estos documentos.
Raquel Jurado, técnica del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), advirtió que muchas empresas suelen enviar las facturas rectificativas sin conservar pruebas adecuadas, utilizando métodos como el correo ordinario o el correo electrónico. Si la Agencia Tributaria determina que no se ha acreditado el envío, podría rechazar la modificación de la base imponible y obligar a los negocios a ingresar un IVA que nunca se cobró.
Este nuevo enfoque significa que no es suficiente con emitir la factura; la obligación de demostrar su recepción se convierte en un requisito esencial para mantener el derecho a recuperar el IVA. Se espera que esto haga que la Administración sea más rigurosa en la verificación de estas transacciones.