La Agencia Tributaria ha lanzado nuevas aclaraciones sobre la aplicación del Reglamento de Programas de Facturación (RRSIF), que busca asegurar la integridad y trazabilidad de los registros de facturas. La entrada en vigor de esta normativa se ha pospuesto de 2026 a 2027, permitiendo a los autónomos y profesionales adaptarse a los cambios necesarios en sus sistemas de facturación.
Entre las consultas recibidas, destacan aquellas de autónomos dedicados al arrendamiento de inmuebles. La normativa establece que si una persona física que alquila propiedades no cuenta con empleados contratados a jornada completa, no está sujeta a la obligación de cumplir con el RRSIF, según el artículo 27.2 de la ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
Esta interpretación también se aplica a empresas que operan en el sector del arrendamiento. Si una empresa tiene empleados, se considera que realiza una actividad económica y por tanto puede estar obligada a cumplir con el reglamento Verifactu.