Autónomos ganan ventajas fiscales al incentivar el retraso en la jubilación de empleados

Las pymes quedarán exentas de cotizar por contingencias comunes a partir de los 65 años de sus empleados, reduciendo así sus costes de Seguridad Social. ¿Qué impacto tendrá esto en el empleo?

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Las pequeñas y medianas empresas (pymes) disfrutarán de un alivio significativo en sus cotizaciones si cuentan con empleados que decidan posponer su jubilación más allá de la edad habitual. Esta medida, relacionada con la exoneración de cuotas por jubilación demorada, tiene como objetivo fomentar la continuidad de los trabajadores en el mercado laboral, permitiendo a las empresas y a los empleados abonar una cotización considerablemente reducida.

Según Jaume Barcons, abogado laboralista y socio en Gestoría Barcons, la legislación establece que las pymes quedarán exentas de contribuir por contingencias comunes una vez que sus empleados alcancen los 65 o 67 años, dependiendo de la fecha en que puedan jubilarse. Esta reforma, que forma parte de la ley 21/2021 sobre la garantía del poder adquisitivo de las pensiones, fue implementada entre 2021 y 2023 y ha facilitado que las pymes se beneficien de una reducción considerable en los gastos asociados a la Seguridad Social de estos trabajadores.

Las pymes solo tendrán que cotizar por las contingencias profesionales de sus empleados que retrasen su jubilación. Además, como aclara el informe de Fedea sobre los efectos de la reforma de pensiones 2021-2023, se ha eliminado el requisito de años mínimos de cotización que anteriormente era necesario para acceder a esta exención. Esto implica que tanto la cuota empresarial, que paga el autónomo con empleados, como la cuota del trabajador se verán beneficiadas por esta medida.

La normativa establece que tanto las pymes como sus empleados quedarán exentos de cotizar a la Seguridad Social por contingencias comunes, ya sean asalariados, socios trabajadores o de cooperativas, siempre que hayan alcanzado la edad de acceso a la pensión de jubilación. Esta exención también abarca las aportaciones por desempleo, el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) y la formación profesional. Así, como explicó Barcons, las únicas cotizaciones que se deberán abonar serán en caso de incapacidad temporal y por las contingencias profesionales.

Para 2026, la edad ordinaria de jubilación se establecerá en 66 años y diez meses, o 65 años, dependiendo de la carrera de cotización acumulada por el trabajador. Esta medida representa un cambio significativo en la política de jubilación y las obligaciones fiscales de las pymes, lo que podría incentivar a más trabajadores a permanecer activos en el mercado laboral durante más tiempo.

Contexto: La reforma de pensiones en España ha sido un tema de gran relevancia en los últimos años, con el objetivo de garantizar la sostenibilidad del sistema de pensiones ante el envejecimiento de la población. El Gobierno ha implementado diversas medidas para incentivar el retraso de la jubilación y mejorar el poder adquisitivo de los pensionistas. La ley 21/2021 es parte de este proceso, buscando fortalecer el sistema y aliviar la carga de las pymes, que son fundamentales para la economía española. En un entorno donde más de 3 millones de trabajadores están empleados en el sector de las pymes, estas reformas son cruciales para el crecimiento económico y la estabilidad laboral en el país.

TL;DR

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Redacción
Redacción Equipo Voz Económica

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