Los trabajadores autónomos ahora cuentan con mayor flexibilidad en la gestión de su baja por maternidad y paternidad, gracias a una reciente decisión del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA). Esta sentencia permite modificar la duración de la prestación una vez que se ha iniciado, habilitando a los contribuyentes a aumentar o reducir el tiempo inicial establecido ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
El nuevo criterio establece que, tras solicitar la baja, los autónomos pueden cambiar su decisión si así lo desean, lo que introduce un nivel de adaptabilidad en el ejercicio de este derecho. Según la abogada laboralista Estela Martín, esta resolución aborda un aspecto no previsto en la normativa actual, permitiendo al contribuyente "arrepentirse" y ajustar su periodo de disfrute.
Desde la modificación del Real Decreto Ley 9/2025, la duración de la prestación por nacimiento y cuidado del menor se ha extendido a 19 semanas, tres más que anteriormente. Esta prestación otorga a los autónomos la posibilidad de acceder a un 100% de su base de cotización durante el periodo de baja, alineándose así con los derechos de los trabajadores por cuenta ajena.