Recientemente, el Ministerio de Consumo ha declarado ilegales ciertas prácticas en los contratos de alquiler, destacando la inclusión de seguros de impago como una de las infracciones más relevantes. Esta decisión afecta tanto a autónomos dedicados al arrendamiento como a inmobiliarias, que podrían enfrentar sanciones mínimas de 10.000 euros por estas cláusulas.
La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha señalado que estas cláusulas, que incluyen penalizaciones por retrasos en el pago y condiciones que limitan la negociación individual, violan varias normativas. Entre ellas se encuentran la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y la Ley 12/2023 por el Derecho a la Vivienda.
El Artículo 89.4 de la TRLGDCU establece que las cláusulas abusivas, que imponen condiciones no solicitadas al consumidor, son ilegales. La prima de seguro de impago, si es obligatoria para el arrendatario, puede considerarse abusiva a menos que se demuestre una negociación justa y libre por parte del cliente.