La Conselleria de Educación de la Generalitat ha establecido servicios mínimos para la huelga del profesorado en el segundo de bachillerato, los cuales han sido respaldados por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJ-CV) en decisiones emitidas el lunes. Los sindicatos CSIF y CCOO habían impugnado estas medidas, calificándolas de "abusivas".
El tribunal rechazó las solicitudes de medidas cautelares de los sindicatos, argumentando que no se evidenció una falta de motivación o proporcionalidad en los servicios establecidos. Además, el TSJ-CV destacó la urgencia del asunto, permitiendo así una resolución sin la intervención previa de la Administración y el Ministerio Fiscal.
La Sala subrayó la importancia del funcionamiento del servicio público educativo y el derecho a la educación, protegido por el artículo 27 de la Constitución Española. Este fallo resalta que las huelgas en servicios públicos conllevan inevitablemente inconvenientes para los usuarios, lo que refleja la capacidad de presión de los trabajadores.