La Agència Tributària de Catalunya (ATC) ha publicado un caso práctico para esclarecer cómo se determina el impuesto a pagar en la donación de un inmueble entre padres e hijos. La donación de una vivienda en Catalunya está sujeta al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD), cuya gestión corresponde a la ATC y puede resultar en cuantías significativas.
En el ejemplo, una madre, identificada como Assumpció, formalizó el 20 de enero de 2022 la donación de una vivienda en Sitges a su hija Berta, quien tiene 35 años. El valor fiscal del inmueble fue declarado en 275.000 euros, superando el valor de referencia de 260.000 euros vigente en ese momento. Berta, con un patrimonio preexistente inferior a 500.000 euros y sin donaciones previas en los últimos tres años, se encuentra en el grupo II de parentesco, aplicándose un coeficiente multiplicador de 1,000.
El cálculo del impuesto se realiza sobre una base liquidable de 275.000 euros, aplicando la tarifa reducida. Los primeros 200.000 euros tributan al 5%, resultando en una cuota de 10.000 euros, y los 75.000 euros restantes al 7%. Esta estructura tarifaria tiene como objetivo facilitar el proceso de donación entre familiares directos.