El Tribunal Constitucional ha aprobado de manera unánime el método de cálculo del valor de referencia catastral para el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentales (ITP) en una decisión tomada este jueves. Esta decisión implica que no se considera que dicho cálculo infrinja el principio de capacidad económica de los consumidores.
La resolución del Pleno refuerza la validez del sistema actual de valoración, lo que podría tener repercusiones en el ámbito fiscal relacionado con las transacciones inmobiliarias en España. A partir de esta sentencia, se espera que se mantenga la estabilidad en la aplicación de este impuesto.