El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) afecta a la donación de inmuebles en España, siendo el hijo el responsable del pago. Este impuesto varía según la comunidad autónoma, ya que cada una aplica sus propias bonificaciones y reducciones fiscales. Así, el coste de la operación puede ser significativamente diferente dependiendo de la ubicación.
Desde el 1 de enero de 2022, se debe considerar el valor de referencia del inmueble determinado anualmente por el Catastro. Este valor es esencial para calcular la base imponible del impuesto. Para determinar este valor, se puede acceder a la Sede Electrónica del Catastro con el DNI/NIE y la referencia catastral del inmueble.
En la Comunidad de Madrid, las donaciones de bienes inmuebles entre padres e hijos cuentan con una bonificación del 99% sobre la cuota del impuesto, lo que reduce considerablemente la carga fiscal en comparación con otras regiones. Esto posiciona a Madrid como una de las comunidades más favorables para este tipo de donaciones.