El Tribunal Supremo ha confirmado la decisión de la Audiencia Provincial de Valencia en un caso que involucra a la firma horchatera Món Orxata, la cual había presentado un recurso contra el uso del término “fresca” en horchatas pasteurizadas. La sentencia, emitida el 9 de septiembre de 2026, desestima las alegaciones de Món Orxata que sostenían que existía competencia desleal y una infracción en la normativa de etiquetado. Esta resolución fue adelantada por medios como El Confidencial y El País.
La disputa legal se remonta a 2021, cuando la empresa de Alboraia inició acciones legales contra Mercadona, su proveedor Panach y la comercializadora Puleva (responsable de la marca Chufi). Món Orxata argumentaba que la utilización del término “fresca” podía inducir a errores entre los consumidores. A pesar de sus esfuerzos, incluyendo dos sentencias desfavorables previas, la firma continuó su litigio hasta llegar al alto tribunal.
El uso del término “fresca” no solo ha sido objeto de esta controversia, sino que ha generado un amplio debate en el sector horchatero. Desde 2017, varios productores artesanales han manifestado preocupaciones sobre la confusión que este término podría causar, sugiriendo que podría dar la impresión de que la horchata se elabora de manera artesanal. En este contexto, un estudio realizado por la Facultad de Farmacia de la Universitat de València, en colaboración con la University of Chemistry and Technology en Praga y el Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), recomendó un etiquetado más claro, sugiriendo que se especificara "horchata fresca pasteurizada".
Además, un productor italiano establecido en Alicante optó por eliminar la palabra “fresca” de su etiqueta para evitar malentendidos, como reveló la periodista Raquel Andrés. No obstante, la reciente sentencia del Tribunal Supremo concluye que no se ha demostrado que el término “fresca” cause confusión. La resolución se apoya en la normativa vigente, la cual, según el fallo, no menciona que el término “fresca” sea engañoso para el consumidor.
En cuanto a la normativa, la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la Elaboración y Venta de Horchata de Chufa y el real decreto ley sobre la ordenación del comercio minorista, que define productos alimenticios frescos y perecederos, no mencionan el uso del término en cuestión. La sentencia del Tribunal Supremo, por lo tanto, refuerza el uso de la terminología actual en el etiquetado de horchatas.
Contexto: El sector de la horchata en España ha estado bajo el escrutinio de diversas normativas y litigios en los últimos años, impulsado por la creciente popularidad de esta bebida tradicional. Mercadona, uno de los principales distribuidores de productos alimenticios en el país, y Puleva, conocida por su horchata de chufa, son actores clave en este mercado. La horchata de chufa es especialmente popular en la Comunidad Valenciana, donde su producción y venta son parte integral de la cultura local. La resolución del Tribunal Supremo podría sentar un precedente para futuras disputas sobre etiquetado en la industria alimentaria española.